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MESA COORDINADORA NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (1177)

Personería Jurídica 8152. Bmé. Mitre 1419-1°A (1037) Capital Federal / Telefax:(011)4374-2322

correo electrónico: [email protected] Integrante de la CTA

Comunicado de Prensa 1177

POR LA APROBACIÓN DE LA LEY DE PREVISIÓN

YA PRESENTADA EN EL CONGRESO

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014

Lea y difunda nuestro periódico “JUBILADOS”

Los miércoles a las 14,45 hs. en Rivadavia (entre Callao y Riobamba ) frente al Congreso

Que nadie falte

Elsa (Pola) Monti

Marcos Wolman

Presidente Honorario

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Paremos la criminalización de la protesta social y la creciente represión a trabajadores que se movilizan en defensa de sus fuentes de trabajo y a quienes los acompañan.

Por la anulación de la Ley Antiterrorista. Las Malvinas son argentinas

Seguimos nuestra lucha con propuestas para que podamos vivir dignamente.

De nuestra movilización depende.

Nuestra Asesora previsional, la Dra. Paola R. Gallo Peláez atiende en la Mesa los jueves

de 16 a 17.30 hs. Solicitar turno.

La única deuda legítima que hay que pagar es con el pueblo

NUEVO HORARIO

Retiro y entrega de planillas, de 15 a 16 hs, en el mismo lugar.

Presidenta Secretario General Luis Cortadi

HABER JUBILATORIO: teniendo en cuenta que los trabajadores activos cobran, realizados los descuentos de ley, el 82 % del sueldo de bolsillo, nuestro haber jubilatorio debe ser el 82 % móvil en igual cargo, tarea o función, lo que es cumplir con un principio esencial: la jubilación, luego de aportar un salario o ingreso diferido durante toda la vida activa, debe ser un real sustituto del salario. Recuperar el 82% móvil logrado por las luchas del movimiento obrero con la sanción de la ley 14499/58, y, una década después, las leyes 18037 y 18038/68, derogadas todas por golpes militares y gobiernos reaccionarios. Es una histórica reivindicación de los indicatos y organizaciones de trabajadores activos y jubilados.

El único camino es la unidad y lucha hasta lograr derogar las leyes 24241 y 24463 de la nefasta década menemista que, en lo esencial, siguen vigentes, y el tratamiento en la Comisión de Previsión y en las Comisiones respectivas de la Cámara de Diputados de la Nación, de nuestro proyecto de ley, expediente 2802-D-2014, para la sanción de una Nueva Ley Previsional.

Por esto es que llamamos a intensificar nuestra CAMPAÑA NACIONAL POR UN MILLÓN DE FIRMAS . AUMENTO DE EMERGENCIA ¡YA! DE $3.000.- EN TODAS LAS ESCALAS

La Jubilación mínima de bolsillo, desde setiembre y hasta marzo del 2015, es de $ 3134,68, por debajo del insuficiente Salario Mínimo Vital y Móvil que es actualmente de $ 4.400 y a partir de enero 2015 $ 4716.-

Mas del 80% de los jubilados recibimos un haber jubilatorio inferior a la canasta básica de un adulto mayor, que elabora semestralmente la Defensoría del Pueblo de la Tercera edad de la CABA, que hoy duplica el haber mínimo jubilatorio.

Venimos reclamando un aumento desde Marzo y no hemos obtenido ninguna respuesta. Por lo tanto se hace imprescindible unificar los reclamos y medidas de lucha que planteamos organizaciones de jubilados, sindicales, sociales, políticas, por un aumento de emergencia de $ 3.000 en todas las escalas, para que no haya ninguna jubilación por debajo de las necesidades alimentarias y básicas necesarias para la subsistencia.

BASTA DE INTERVENCIÓN, NORMALIZACIÓN DEL INSSJP (PAMI) ¡YA!

Nuestro proyecto de Ley de Normalización del INSSJP(PAMI) expediente 3743-D-2011 ingresada el 15 de julio del 2011 con la firma de diez diputados nacionales y el pase a cuatro comisiones, por decisión adoptada por la mayoría, no fue tratada ni siquiera en las comisiones respectivas y perdió estado parlamentario.

Planteamos a los diputados y senadores actuales y candidatos que se definan y quienes acuerden lo presenten nuevamente hasta lograr su debate, con participación de los interesados, y su promulgación.

Los trabajadores jubilados y activos seguimos reclamando en Rosario y C.A.B.A. no al plan de vaciamiento y privatización, exigimos el pleno funcionamiento de los efectores propios: Policlínicos I y II de Rosario y Hospital Milstein (ex Francés) en C.A.B.A.

EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE NUESTRO CONGRESO: APOYO AL JUEZ HERRERO.

Recordemos la verdadera causa de la acusación a los JUECES HERRERO Y FERNANDEZ , de la Sala II de la Cámara Federal de Seguridad Social: Esta sala, que se caracterizó por el cumplimiento irrestricto de la Constitución Nacional y las leyes, fue la única que hizo lugar a los pedidos de los jubilados para que se les reconozca la actualización del haber jubilatorio de manera cautelar. Es decir considerando que en los procesos están en juego prestaciones alimentarias , como lo es la jubilación, y que una de las partes es de avanzada edad, ambos jueces entendieron pertinente que no es constitucionalmente válido obligar al jubilado a litigar

durante más de 8 años para poder gozar de su derecho jubilatorio.

O se desestima la acusación o se abre el proceso de remoción y se suspende a ambos jueces. Es así muy importante concurrir EL JUEVES 6 DE NOVIEMBRE desde las 9.30 hs. al Consejo de la Magistratura, Libertad 731 –C.A.B.A.

UNIDAD Y LUCHA:

UNICO CAMINO PARA HACER REALIDAD NUESTROS JUSTOS Y URGENTES RECLAMOS

 

1177.pdf (90.5 KB)

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